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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0302/2012
Fecha: 2012-05-17
Carátula: VELAZQUEZ MARIA ESTER C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: INIC.CONTRA LA PROVINCIA (da intervencion Comisión Trans.)
EXPTE. Nº 0302/2012
CARATULA: VELAZQUEZ MARIA ESTER C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTRA S/ ORDINARIO
Viedma, mayo de 2012.-
Por presentado, parte y por constituido el domicilio. Agréguese la documentación acompañada.-
Atento el requerimiento de beneficio de litigar sin gastos, con copia de la demanda procédase a la formación del correspondiente expediente, que tramitará por separado agregado por cuerda a estas actuaciones.-
Toda vez que las copias acompañadas del boletin oficial carecen de validez legal por ser fotocopias simples, devuélvanse a su presentante.-
Agréguense las copias certificadas del expediente administrativo presentadas, quedando las mismas a disposición de la contraria para su consulta y observación.-
No siendo de dificultosa reproducción, al pedido de eximisión de copias no ha lugar. En consecuencia y en su oportunidad acompáñese tres juegos de copias de la documental de fs. 5/21 y de la demanda y poder presentados.-
Previo a ordenar el traslado correspondiente, toda vez que la Provincia de Río Negro ha sido demandada y de conformidad con lo dispuesto por el art. 9º de la Ley K 3233, dése intervención a la Comisión de Transacciones Judiciales. Notifíquese.-
Cumpla el profesional interviniente con la reposición de la suma de $ 9,60 por aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro