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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0665/01/6
Fecha: 2012-05-16
Carátula: TARRAGO ADOLFO ISMAEL S/ INFORMACION SUMARIA
Descripción: SENTENCIA INF. SUM. CESE DE GUARDA
JUZGADO CIVIL, COM. y MINERIA Nº 3
I CIRCUNSCRIPCION
AUTO INTERLOCUTORIO:
FOLIO:
SECRETARIA: UNICA
Viedma, de mayo de 2.012.-
AUTOS Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: "TARRAGO ADOLFO ISMAEL S/ INFORMACION SUMARIA" Expte. N° 0665/01/6, puestos a despacho a fin de dictar sentencia,
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 33 se presenta Adolfo Ismael Tarrago, por apoderada, manifiesta que han variado las circunstancias que dieran origen a las presentes actuaciones, concretamente en que los menores ya no conviven con él. En consecuencia, solicita se disponga el cese de la guarda concedida oportunamente.-
Que a fs. 28 obra la sentencia por la que se aprobaba la información sumaria rendida en el trámite y se reconocía judicialmente la guarda que de hecho ejercía el peticionante sobre los menores Walter Abraham Navarrete y Miguel Angel Navarrete.-
Que a fs. 36 vta. la Sra. Defensora de Menores e Incapaces no opuso objeciones a lo solicitado por el peticionante por lo que corresponde hacer lugar a lo peticionado.-
Por ello;
RESUELVO:
I.- Disponer el cese de la guarda de hecho oportunamente ejercida por Adolfo Ismael Tarrago (DNI N° 20.289.674), sobre los menores Walter Abraham Navarrete (DNI Nº 40.323.798) y Miguel Angel Navarrete.-
II.- Firme que se encuentre la presente, expídase testimonio y/o fotocopia certificada por Secretaría.-
III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro