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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0668/2011
Fecha: 2012-05-16
Carátula: SCHECHTEL ANA TERESA C/ ARZAN CARREÑO MARIA ALEJANDRA S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: deja sin efecto - oficio - no ha lugar incid. y med. proh.
EXPTE. Nº 0668/2011
CARATULA: SCHECHTEL ANA TERESA C/ ARZAN CARREÑO MARIA ALEJANDRA S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Viedma, mayo de 2.012.-
Por presentada, parte y por constituido el domicilio.-
Por notificada.-
Surgiendo de las constancias de la causa que la entrega anticipada del inmueble objeto de autos dispuesta a fs. 14, ha sido ordenada sin advertirse la falta de la traba de la litis (conf. art. 680 bis del CPCC) y en uso de las facultades previstas en el art. 36 del código citado, déjase sin efecto lo allí dispuesto. A los fines de su debida comunicación ofíciese al Juzgado de Paz Letrado con jurisdicción en Carmen de Patagones.-
Proveyendo a fs. 26:
Atento lo dispuesto precedentemente, al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada no ha lugar por no existir gravamen irreparable (art. 242 inc. 3 del CPCC).-
Al escrito de fs. 30/33:
Atento lo dispuesto precedentemente, al planteo de incidente de nulidad no ha lugar.-
No dándose los presupuestos necesarios para habilitar la prohibición de no innovar (conf. art. 230 del CPCC), a dicha medida no ha lugar, ello atento las constancias de autos y las características y naturaleza del trámite, toda vez que los fundamentos expresados exceden el marco de análisis, debiendo ocurrir por la vía y forma que corresponda.-
No resultando necesario la agregación de piezas del expediente, devuélvase a su presentante.-
Rosana Calvetti
Juez
CERTIFICO: Que en el día de la fecha, siendo las 13:00 horas me comuniqué telefónicamente con el Sr. Eduardo Foro, Oficial de Justicia del Juzgado de Paz de Patagones, a su celular Nº 15419991, a fin de notificarle que el desalojo dispuesto en autos ha sido dejado sin efecto, informándome èste que la medida aún no se había llevado a cabo, habiendo acordado las partes hacerlo mañana. Conste.-
Secretaría, mayo 16 de 2012.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro