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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0546/2011
Fecha: 2012-05-09
Carátula: MACIA JORGE NELSON C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: C/HIPOTECARIO: PROVEE PRUEBA
EXPTE. Nº : 0546/2011.-
CARATULA: MACIA JORGE NELSON C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-
Viedma, mayo de 2012.-
Atento al estado de autos y teniendo en cuenta el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C. Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 203, con respecto al pedido de prueba documental en poder de la demandada efectuado por la parte actora y de prueba informativa solicitada por la demandada, teniendo en cuenta que el Expte. Administrativo HN 0701-40-000227 y la correspondiente escritura han sido acompañadadas por la demandada (fs. 188) y se encuentran reservados en Secretaría bajo el registro M-03/12, por razones de economía procesal a dichos medios probatorios no ha lugar.-
En consecuencia, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
PERICIA CONTABLE: A los fines de designar el perito contador que actuará en autos, fíjase audiencia para el día 18 de MAYO de 2012 a las 10.15 horas. Notifíquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-
Tiénese presente a la contadora Lucía Lo Sardo como consultor técnico de la parte actora.-
PRUEBA DEMANDADA:
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
PERICIA CONTABLE: Estése a lo dispuesto en la prueba de la parte actora.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro