Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0695/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-05-08

Carátula: POTAS EVELIN NOELIA C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: ACTA AUDIENCIA ART. 361 del C. Pr.

EXPTE. Nº 0695/2011

CARATULA: POTAS EVELIN NOELIA C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro, a los 08 días del mes de mayo de 2.012, siendo las 12:00 horas, comparecen ante este Juzgado Civil Nº 3 y en estos autos, la Sra. EVELIN NOELIA POTAS (DNI 33.848.923) junto a sus letrados patrocinantes, Dres. Rubén Dario Sella y Lorena Arauzo; no compareciendo la MUNICIPALIDAD DE VIEDMA, a la continuación de la audiencia dispuesta por el art. 361 del CPCC. Abierto que fe el acto por la Sra. Juez, atento la incomparecencia de la parte demandada es imposible la conciliación. . Seguidamente se fija el objeto de prueba consistente en determinar los hechos expuestos en la demanda. A continuación la parte actora manifiesta respecto de la prueba que ofreciera que la ratifica. A continuación y como medida de mejor proveer la Sra. Juez dispone se libre oficio a Motokeros a fin de solicitar presupuesto en los mismos términos que el ofrecido para Austral Motos. Plazo de prueba: 60 días. Con lo que terminó el acto, firmando los comparecientes, previa lectura y ratificación de lo actuado, por ante mí y después de hacerlo la sra. Juez de lo que doy fe.-

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