Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0191/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2012-05-07

Carátula: GOMEZ GREGORIA S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: faltan informes-ley 869

EXPTE. N° 0191/2010

CARATULA: GOMEZ GREGORIA S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, mayo de 2012.-

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C.Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Agréguese.-

Toda vez que los bienes a que se refiere la documental acompañada ya han sido denunciados en autos y abonados los sellados (fs. 229, 273), a la vista solicitada a fs. 314, no ha lugar, en su caso aclárese.-

Cúmplase con la reposición de aportes ordenada a fs. 289.-

Asimismo estése a lo demás ordenado a fs. 315, último párrafo.-

Acompáñense los informes de dominio faltantes de los inmuebles y automotores cuya inscripción se pretende conforme acuerdo de fs. 280.-

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Poder Judicial de Río Negro