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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0242/2012
Fecha: 2012-05-07
Carátula: ARBUES DAMIAN S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: no se hace lugar - se mantiene providencia
EXPTE. No. 0242/2012
CARATULA: ARBUES DAMIAN S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, mayo de 2.012.-
Por acreditada personería.-
Por interpuesto recurso de revocatoria.-
Atento el estado de autos y toda vez que los argumentos vertidos por el recurrente no conmueven los tenidos en cuenta para el dictado de la providencia obrante a fs. 8, ello en atención a que la cesión efectuada por la heredera no es total sino por el contrario es parcial pues sólo cede la parte de un bien inmueble, en su mérito a la revocatoria interpuesta no ha lugar, manteniéndose en todos sus términos la providencia atacada.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro