Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0724/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2012-05-04

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ SANTA CRUZ HERNAN ELOY Y OTRO S/ ORDINARIO

Descripción: NOT. LEY 869 EXPTES. ARCHIVO prof. y condenado en costas

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

C E D U L A

Señor: Dra. MARIA VALERIA CORONEL

Domicilio: ALVARO BARROS 328 -PB (const.)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/SANTA CRUZ HERNAN ELOY Y OTRO S/ORDINARIO", Expte. Nº 0724/2006, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvertti, Secretaría única, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, mayo 04 de 2.012.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a la profesional interviniente y a los condenados en costas a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras - Prosecretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de mayo de 2012.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

*05TXHO.6X268Z*

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Poder Judicial de Río Negro