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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36329
Fecha: 2006-03-09
Carátula: Bco. PAMPA SEM C/SCHVEDT María R. S/ Ejecutivo
Descripción: regulación acrecidos//a rentas
//neral Roca, 9 de MARZO de 2006.=
Téngase presente y hágase saber el dictámen de Caja Forense.
Regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Luis Gustavo Arias en la suma de $155......-(M.B. $ 3.170,04 capital más honorarios (fs.27)- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro