Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40516

N° Receptoría:

Fecha: 2012-05-04

Carátula: AGUILAR Eliana Noelia C/ CARRILLO Omar Andres S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Descripción: A CHEQUE

General Roca, 04 de mayo de 2012.s-

Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs. 76, por la suma de $ 1.332,29 al 23.03.2012.-

Líbrese cheque a la orden de Eliana Noelia Aguilar D.N.I. 26.790.439 por la suma de $ 1.332,29 en concepto de saldo de liquidación aprobada precedentemente- (Cuenta de autos n° 12668426)

Téngase presente la caución ofrecida.-

Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios de la Dra. Eliana Noelia Aguilar en la suma de $ 210.- (M.B. $ 4.046,66 -suma total extraida en autos- arts. 6, 8 y 41 ley 2212 R.N.)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-

Dr. RICHAR FERNANDO GALLEGO

JUEZ SUBROGANTE

En se libró cheque N° .CONSTE.-

En retiró cheque. CONSTE.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro