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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40516
Fecha: 2012-05-04
Carátula: AGUILAR Eliana Noelia C/ CARRILLO Omar Andres S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: A CHEQUE
General Roca, 04 de mayo de 2012.s-
Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs. 76, por la suma de $ 1.332,29 al 23.03.2012.-
Líbrese cheque a la orden de Eliana Noelia Aguilar D.N.I. 26.790.439 por la suma de $ 1.332,29 en concepto de saldo de liquidación aprobada precedentemente- (Cuenta de autos n° 12668426)
Téngase presente la caución ofrecida.-
Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios de la Dra. Eliana Noelia Aguilar en la suma de $ 210.- (M.B. $ 4.046,66 -suma total extraida en autos- arts. 6, 8 y 41 ley 2212 R.N.)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Dr. RICHAR FERNANDO GALLEGO
JUEZ SUBROGANTE
En se libró cheque N° .CONSTE.-
En retiró cheque. CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro