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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 21690/06
Fecha: 2012-05-03
Carátula: INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA EN AUTOS: ODARDA MARIA MAGDALENA Y OTROS C/ VIAL RIONEGRINA SOCIEDAD DEL ESTADO Y OTROS S/ MANDAMUS S/ INCIDENTE
Descripción: Oficio
Viedma, 3 de mayo de 2012.-
Oficio Nº /12-Sec.Nº 4-STJ-
Al señor
PRESIDENTE DE LA CAMARA
EN CIVIL,COMERCIAL, DE MINERIA Y
SUCESIONES
SAN CARLOS DE BARILOCHE
SU DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., por expresa instrucción del Tribunal, en autos caratulados:“INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA EN AUTOS: ODARDA MARIA MAGDALENA Y OTROS C/ VIAL RIONEGRINA SOCIEDAD DEL ESTADO Y OTROS S/ MANDAMUS S/ INCIDENTE” (Expte.N°21690/06-STJ-), que tramitan por ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro, Secretaría N* 4 "Causas Originarias" a mi cargo, sito en Laprida N* 292, 7° Nivel de Viedma, a los efectos de remitirle copias certificadas del expediente referenciado a los fines que se asigne la competencia al Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones que corresponda para el seguimiento y cumplimiento de la sentencia nro. 64/09 -STJ-.
El proveído que ordena el presente, en su parte pertinente dice:""///MA, 29 de marzo de 2012.-...Por ello y conforme lo faculta el art.39 de la Ley Orgánica EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA R E S U E L V E:Primero: Remitir a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la IIIa. C. Judicial para que asigne la competencia al JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERIA Y SUCESIONES que corresponda para el seguimiento y cumplimiento de dicha sentencia N° 64/09-STJ, en cuanto a la señalización y medidas de seguridad del sendero de montaña y demás bienes ambientales involucrados, que permita el acceso al Lago Escondido a cargo del Estado Provincial, por las razones dadas en los considerandos.- Segundo: Regístrese, notifíquese y procédase a la remisión indicada.-Fdo.: VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ROBERTO H.MATURANA JUEZ SUBROGANTE ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA.///MA, 20 de abril de 2012.-VISTO: CONSIDERANDO:-----Por ello y conforme lo faculta el art.39 de la Ley Organica: EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA R E S U E L V E:Primero: Rechazar la aclaratoria planteada a fs.824/828, por las razones dadas en los considerandos.- Segundo: A los fines de la prosecución de la ejecución, remitir de modo inmediato copias de las actuaciones habidas ante este Tribunal conforme lo ordenado en el Auto Interlocutorio N°15/12, obrante a fs.814/817.-Tercero: Regístrese, notifíquese, extráigase las fotocopias pertinentes y procédase a la remisión indicada.-Fdo.: VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ, ROBERTO H. MATURANA JUEZ SUBROGANTE ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA".
Saludo a Ud. muy atentamente.-
Fdo.:EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro