include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 09606-164-99
Fecha: 2006-03-09
Carátula: CARRO SALVADOR J. / S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:09606-164-99
Tomo:
Auto Interlocutorio:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 9 DE MARZO DE 2006
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “CARRO SALVADOR S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA”, expte. nro. 9606-164-99 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO: 1. Que la parte actora hubo solicitado la agregación de diversas causas ad effectum videndi et probandi (fs. 137), petición que se encuentra amparada en lo dispuesto por el art. 260, inc. 2°, del CPCC.
2. Asimismo, y atento al tiempo transcurrido desde la inspección ocular efectuada en Ia. Instancia (fs. 93), hace considerar la necesidad de realizar una nueva a los mismos fines y efectos; ahora como medida para mejor proveer (art. 36 del CPCC).
- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
- - -RESUELVE: I) HACER LUGAR a la petición de fs. 137, requiriendo la remisión, ad effectum videndi et probandi, de las causas allí mencionadas.
- - -II) A tal efecto: ofíciese. Confección y diligenciamiento de los oficios pertinentes, a cargo de la recurrente.
- - -III) DISPONER, como medida para mejor proveer, la realización de una inspección ocular en el predio cuya usucapión se pretende, a realizarse por la Secretaria del Tribunal, y con citación a las partes, el día 28 de Marzo a la hora 10.
- - -IIV) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro, protocolización y oportuno nuevo cómputo de plazos para fallar.
HORACIO OSORIO EDGARDO CAMPERI LUIS ESCARDO
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
ANTE MI:
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro