Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0589/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2012-05-03

Carátula: REY LORENA PAOLA C/ CORNEJO CELSO CARLOS S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Descripción: ART. 368 C.Pr. (constancia de no comp.)

EXPTE. Nº 0589/2009

CARATULA: REY LORENA PAOLA C/ CORNEJO CELSO CARLOS S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

CONSTANCIA: Se deja constancia que en el dia de la fecha, siendo las 11:00 hs. se encuentran presentes en el Tribunal, a los fines de la audiencia prevista en el art. 368 del CPCC, el letrado apoderado de la parte actora Dr. Rolando Gaitán, quien se presenta en este acto, constituyendo domicilio en Garrone 230 de Viedma, y los letrados apoderados de la parte demandada, Dres. Miguel Galindo Roldan y Rafael Augugliaro y no se encontraban presentes los testigos citados en autos sres. Javier Edison Tolosa y Marianela Bocca, de quien se recibió por fax un certificado médico y exposición policial que se agregan a las actuaciones. Asimismo y siendo las 11:30 hs se constata que no se presentaron los testigos mencionados, los que se encuentran debidamente notificados. Conste.-

Secretaría, mayo de 2012.-

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