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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0831/2011
Fecha: 2012-05-03
Carátula: BANCO DEL CHUBUT S.A. C/ MELILLAN WALTER ANDRES S- EJECUTIVO S/ EXHORTO
Descripción: NO HA LUGAR
EXPTE Nº 0831/2011
CARATULA: BANCO DEL CHUBUT S.A. C/ MELILLAN WALTER ANDRES S- EJECUTIVO S/ EXHORTO
Viedma, mayo de 2012.-
Atento que del poder acompañado no surge la personería invocada por el presentante, a lo solicitado no ha lugar.-
Hágase saber al Dr. Collado, que deberá solicitar al Juzgado oficiante la autorización para intervenir en el diligenciamiento del requerimiento, o en su caso, la profesional autorizada en el último párrafo del oficio obrante a fs. 4 sustituir sus facultades.-
s. b. s.
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Poder Judicial de Río Negro