Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41016

N° Receptoría:

Fecha: 2012-04-27

Carátula: VENTURA Antonio Gabriel C/ ESTEVEZ Antonio S/ ORDINARIO

Descripción: ACTA

Autos: "VENTURA Antonio Gabriel C/ ESTEVEZ Antonio S/ ORDINARIO" (Expte. Nro. 41016)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 27 de abril de 2012 , a las 8.30 horas, comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, las Dras. Celia G. Delgado y Jorgelina Montero adjuntando certificado médico de Antonio Gabriel Ventura para justificar su incomparecencia, ANTONIO ESTEVEZ con la asistencia de su letrado patrocinante Dr. Victor M. E. Sajarov, y ANTONIO VENTURA con la asistencia de su letrada patrocinante Dra. Liliana Martín de Isidori. Abierto el acto, mantenida una conversación con las partes en la audiencia a los efectos de ordenar el estado procesal del trámite, se advierte que han quedado sin resolver dos cuestiones que se han introducido en el mismo: 1) la excepción de falta de legitimación activa interpuesta por el demandado como de previo y especial pronunciamiento y, 2) la presentación espontánea efectuada por el sr. Antonio Ventura a fs. 786. En virtud de ello, se RESUELVE: En relación a la presentación del Sr. Antonio Ventura la parte actora y demandada se notifican en esta audiencia del traslado dispuesto a fs. 791, 2do. párrafo, teniendo para contestar el plazo legal de cinco días. Vencido dicho plazo o contestado el traslado, corresponderá resolver la excepción de previo y especial pronunciamiento y en su caso la intervención del sr. Antonio Ventura la que dependerá de la actitud de la parte actora y demandada en sus respondes. En consecuencia, corresponde suspender la audiencia preliminar y hacer entrega de las copias de fs. 785/786. No siendo para más se da por finalizado el acto, firmando al pie.-

Dr. RICHAR FERNANDO GALLEGO

JUEZ SUBROGANTE

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