Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0375/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-04-26

Carátula: VILLANUEVA VICTOR OMAR C/ CASTRO JORGE ROLANDO Y OTRO S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Descripción: SE PRESENTA TERCERO-no ha lugar excepciones

EXPTE. Nº : 0375/2011.-

CARATULA: "VILLANUEVA VICTOR OMAR C/ CASTRO JORGE ROLANDO Y OTRO S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)".-

VIEDMA, abril de 2012.-

Por presentado, parte y por constituído domicilio.-

Atento el carácter de tercero del peticionante, a las excepciones planteadas, no ha lugar por improcedentes.-

Sin perjuicio de ello, aclárese lo expuesto en el petitorio (fs. 184).-

Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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