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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41693
Fecha: 2012-04-25
Carátula: ORTEGA Delfrida Victoria C/ BRIZUELA Héctor y Otras S/ ORDINARIO
Descripción: NOTA // Inicio
*0065765629*
Nota: se deja constancia que la providencia del día 22/03/12 del expte. ORTEGA Delfrida Victoria C/ BRIZUELA Héctor y Otras S/ ORDINARIO (Exp. Nro. 41693), no salió en lista por lo que es incluída en la lista de despacho del día de la fecha.-
Secretarìa, 25 de abril de 2012.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 22 de MARZO de 2012.=
Previo a aceptar la radicación de la causa, manifiesten los letrados presentados a fs. 70 y 74 si el Dr. Jorge E.Calamara Budiño continuará en el trámite de la causa.
Deposítese en caja fuerte la documental original.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: de depositarse doc. original fs. 30/60 y se deja constancia que se remitieron (4) juegos de copias para traslado. Conste.
//neral Roca, 25 de abril de 2012.-j
Téngase presente lo manifestado y avócase el suscripto a la presente causa.-
En consecuencia, de la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a los demandados por el término de VEINTE días (art. 338 C.P.C.), a quienes se cita y emplaza para que la contesten conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédulas a esta ciudad y cédula directa a San Carlos de Bariloche.-
Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantía a FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. y SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP. LTDA. a fin de que se presenten a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de VEINTE días, a cuyo fin y para su notificación líbrense CEDULAS DIRECTAS LEY 22.172 a la ciudad de Neuquén.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dr. RICHAR FERNANDO GALLEGO
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro