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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0078/85/6
Fecha: 2012-04-24
Carátula: PERALTA VICTORIANO Y PALMA BRIJIDA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: AUDIENCIA ART. 24 LEY G 2212
EXPTE. Nº 0078/85/6
CARATULA: PERALTA VICTORIANO Y PALMA BRIJIDA S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, abril de 2.012.-
Al escrito de fs. 90:
Por presentado convenio de honorarios.-
Tiénese presente lo manifestado en relación a la heredera Victoria Argentina Peralta.-
Toda vez que en el convenio acompañado no se ha incluido a la profesional que ha intervenido en estas actuaciones (Dra. Brunello) como asimismo no se ha requerido la conformidad de los restantes herederos (Victoria Argentina Peralta, Emilio Francisco Rodriguez y Rosalía del Carmen Rodriguez), atento que los honorarios son a cargo de la sucesión, a lo solicitado no ha lugar.-
En consecuencia y a los fines de lo dispuesto por el art. 24 de la ley G n° 2212, señálase la audiencia del día 28 de mayo de 2.012 a las 10:00 horas a la que deberán comparecer los obligados al pago, munidos de sus documentos de identidad y los profesionales intervinientes, o en su caso presentar acuerdo de partes. Notifíquese.-
Al escrito de fs. 104:
Agréguense las cesiones e informes acompañados.-
Previo a la inscripción solicitada, cúmplase con la ley 869, como asimismo manifieste si pretende el libramiento de oficio al Registro de la Propiedad Inmueble ó la instrumentación por el sistema de tracto abreviado, debiendo en su caso denunciar el escribano que actuará.-
A P
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Poder Judicial de Río Negro