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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36338
Fecha: 2006-03-08
Carátula: Tarjeta AUTOMATICA SA C/MELLA Albornoz Jorge H. S/ Ejecutivo
Descripción: a cédula
cedula al colegio maria auxiliadora observada porque le falta que las sumas embargadas deben ser transferidas a la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia s.A. Sucursal general roca
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Poder Judicial de Río Negro