Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0809/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-04-23

Carátula: CUENCA PAEZ JAVIER ALBERTO S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: CUESTION DE PURO DERECHO - ART. 359 ORDINARIO Y SUMARISIMO NUEVO

EXPTE. Nº 0809/2011

CARATULA: CUENCA PAEZ JAVIER ALBERTO S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Viedma, abril de 2012.-

Atento lo solicitado, lo que resulta de la documentación obrante en la causa e informando en este acto la Actuaria, encontrarse vencido el término acordado a los accionados para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubieren efectuado, désele por decaido el derecho que para hacerlo tenían y en mérito a lo solicitado, hágase efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial declárase rebelde en el juicio a los demandados, Pamela Baluczinsky y Dario German Belen. Notifíquese.-

Atento el estado de autos y de conformidad con lo previsto por el art. 359 del C. Pr., declárase la cuestión de puro derecho y pónganse las actuaciones en Secretaría por el término de 5 días comunes. Notifíquese.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

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