Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0232/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-04-18

Carátula: CRICELLI JUAN FRANCISCO C/ SCHMITT CARLOS ALBERTO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumarísimo)

Descripción: MINUTA se devuelve no corresponde

EXPTE Nº 0232/2011

CARATULA: CRICELLI JUAN FRANCISCO C/ SCHMITT CARLOS ALBERTO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumarísimo)

Viedma, abril de 2.012.-

Atento el estado de autos y teniendo en cuenta que conforme el trámite impreso a estas actuaciones la prueba debe ofrecerse con la demanda y contestación conforme lo dispone el art. 486 del C.Pr. en su inciso 3), corresponde proceder a la devolución del escrito de ofrecimiento de prueba de la parte citada en garantía.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

NOTA: En fecha 16/04 siendo las 11 hs. la parte demandada mediante apoderado presenta escrito "Ratifica y ofrece prueba" el que se devuelve conforme lo ordenado precedentemente. Conste.-

SECRETARIA, abril 18 de 2.012.-

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Poder Judicial de Río Negro