Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31461III

N° Receptoría:

Fecha: 2012-04-18

Carátula: TASSO Marcelo G. C/ CABUTTI Rubén S/ EJECUTIVO

Descripción: AL JUZGADO UNO

General Roca, 18 de abril de 2012.- c

Atento el estado de autos a la regulación de honorarios solicitada no ha lugar.-

En virtud de lo solicitado y lo dispuesto por el art. 3284 inc. 4 del C.C. remitase la presente causa al Juzgado Civil Uno, a sus efectos.-

Dejense las debidas constancias.-

Sirva la presente de atenta nota.-

Dr. RICHAR FERNANDO GALLEGO

JUEZ SUBROGANTE

Se agrega mandamiento sin diligenciar.-

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Poder Judicial de Río Negro