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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 16467-210-12
Fecha: 2012-04-18
Carátula: BOCA ELSA VERONICA Y SANDOVAL SEGUNDO CORNELIO / S/ HOMOLOGACION (f)
Descripción: ACLARATORIA
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:16467-210-12
Tomo: II
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 16 de Abril de 2012.
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “BOCA ELSA VERONICA Y SANDOVAL SEGUNDO CORNELIO S/ HOMOLOGACION (f)", expte. nro.16467-210-12 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Carlos María Salaberry y Juan Lagomarsino, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO:
Que en la resolución obrante a fs. 82/83 se ha incurrido en error material al citar (el año en que fue suscripta la misma, ya que donde dice “de dos mil once” debe decir “de dos mil doce”).
- - -Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
- - -RESUELVE:
I) ACLARAR que la resolución obrante a fs. 82/83 en los presentes autos, donde dice “de dos mil once”, debe decir “de dos mil doce”.-
- - -II) REGISTRAR y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que vuelvan los autos a la instancia de origen a sus efectos.-
c.t.
EDGARDO JORGE CAMPERI JUAN LAGOMARSINO CARLOS MARIA SALABERRY
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
ANTE MI:
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro