Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 16467-210-12

N° Receptoría:

Fecha: 2012-04-18

Carátula: BOCA ELSA VERONICA Y SANDOVAL SEGUNDO CORNELIO / S/ HOMOLOGACION (f)

Descripción: ACLARATORIA

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:16467-210-12

Tomo: II

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 16 de Abril de 2012.

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “BOCA ELSA VERONICA Y SANDOVAL SEGUNDO CORNELIO S/ HOMOLOGACION (f)", expte. nro.16467-210-12 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Carlos María Salaberry y Juan Lagomarsino, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que en la resolución obrante a fs. 82/83 se ha incurrido en error material al citar (el año en que fue suscripta la misma, ya que donde dice “de dos mil once” debe decir “de dos mil doce”).

- - -Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE:

I) ACLARAR que la resolución obrante a fs. 82/83 en los presentes autos, donde dice “de dos mil once”, debe decir “de dos mil doce”.-

- - -II) REGISTRAR y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que vuelvan los autos a la instancia de origen a sus efectos.-

c.t.

EDGARDO JORGE CAMPERI JUAN LAGOMARSINO CARLOS MARIA SALABERRY

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

ANTE MI:

ANGELA ALBA POSSE

Secretaria de Cámara

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