Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0826/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2012-04-16

Carátula: MORTADA JORGE AMADO C/ HUENTELAF VALERIO Y OTRO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)

Descripción: AUDIENCIA ART. 368 C.Pr.

EXPTE Nº 0826/2007

CARATULA: MORTADA JORGE AMADO C/ HUENTELAF VALERIO Y OTRO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)

Viedma, abril de 2012.-

Advirtiendo en este estado que en la providencia de fs. 288 vlta., se han omitido consignar los testigos ofrecidos por la parte actora a fs. 145, mencionando solo a los ofrecidos a fs. 270, excediendo la cantidad prevista en el art. 486 inc. 3 del C.Pr., corresponde citar a los cinco primeros.-

A los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día ·31 de mayo de 2012 a las 09:30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial por la parte actora: Sres. Mario Curayan; Claudio Curayan; Elías Alberto Seleme; Alberto Railef y Justo chico, y por la parte demandada: sres. Máxima Queupan; Julio Urgen; César Perez; Ignacio Gimenez y Mario Millapi, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 07 de junio de 2012 a las 11:00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-

Notifíquese a las partes por Secretaría las audiencias dispuestas precedentemente, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-

s. b. s.

Rosana Calvetti

Juez

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