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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0163/2012
Fecha: 2012-04-16
Carátula: CHAVARRIA CARMEN ROSA C/ LEON FLAVIA KARINA S/ EJECUTIVO
Descripción: revoc. c/ apelación - no ha lugar
EXPTE. Nº 0163/2012
CARATULA: CHAVARRIA CARMEN ROSA C/ LEON FLAVIA KARINA S/ EJECUTIVO
Viedma, abril de 2.012.-
Por interpuesta revocatoria, con apelación en subsidio.-
Toda vez que la providencia dictada a fs. 7 expresa que el título es inhabil para ejecutarse por proceso monitorio y no como crédito, pudiendo, en su caso, ocurrir por la vía y forma que corresponda, a la revocatoria interpuesta no ha lugar.-
Por similares razones y no dándose los supuestos del art. 242, inc. 3 C. Pr., a la apelación interpuesta subsidiariamente, no ha lugar.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro