Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41777

N° Receptoría:

Fecha: 2012-04-16

Carátula: JARAMILLO Miguel Emilio S/ AMPARO

Descripción: oficios

General Roca, 16 de abril de 2012.-

Al HOSPITAL LOPEZ LIMA

GENERAL ROCA

Oficio Nro. 491-III-2012

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "JARAMILLO Miguel Emilio S/ AMPARO (Salud Publica)" (Expte. 41777) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que brinde un amplio informe sobre la situación del paciente Miguel Emilio Jaramillo (DNI 36.343.228), el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas.- Además deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:

1.- Si tiene antecedentes que el paciente MIGUEL EMILIO JARAMILLO, D.N.I. N° 36.343.228 ha solicitado la provisión de prótesis para una intervención quirúrgica de tibia y perone.-

2.- Si es paciente del Dr. Pablo Blason.-

3.- Si dicha prótesis fue requerida con carácter de urgente.-

4.- En su caso respuesta dada.-

4.- Motivos por los cuales aún no ha sido provista la prótesis necesaria para la intervención quirúrgica.-

5.- Consecuencias que puede traer aparejada en el paciente si se mantiene la falta de provisión de prótesis y como consecuencia de ello se demora la intervención quirúrgica.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 13 de abril de 2012.- ... líbrese oficio al Hospital local, El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 16 de abril de 2012.-

Al Dr.

PABLO BLASON

GENERAL ROCA

Oficio Nro. 493-III-2012

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "JARAMILLO Miguel Emilio S/ AMPARO (Salud Publica)" (Expte. 41777) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que brinde un amplio informe sobre la situación del paciente Miguel Emilio Jaramillo (DNI 36.343.228), el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas.- Además deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:

Asimismo el Dr. Pablo Blason deberá responder.-

1.- Si atiende como paciente al Sr. MIGUEL EMILIO JARAMILLO, D.N.I. N° 36.343.228, en su caso diagnóstico y tratamiento.-

2.- Si ha solicitado la provisión de prótesis para una intervención quirúrgica de tibia y perone, en su caso caracteristicas de las mismas.-

3.- Si dicha prótesis fue requerida con carácter de urgente.-

4.- En su caso respuesta dada desde el Ministerio.-

5.- Consecuencias que puede traer aparejada en el paciente si se mantiene la falta de provisión de prótesis y como consecuencia de ello se demora la intervención quirúrgica.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 13 de abril de 2012.- ... líbrese oficio al Dr. Pablo Blazón...El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 16 de abril de 2012.-

Al Ministerio de Salud Publica

de la Provincia de Rio Negro

Oficio Nro. 492-III-2012

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "JARAMILLO Miguel Emilio S/ AMPARO (Salud Publica)" (Expte. 41777) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que brinde un amplio informe sobre la situación del paciente Miguel Emilio Jaramillo (DNI 36.343.228), el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas.- Además deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:

1.- Si tiene antecedentes que el paciente MIGUEL EMILIO JARAMILLO, D.N.I. N° 36.343.228 ha solicitado la provisión de prótesis para una intervención quirúrgica de tibia y perone.-

2.- Si es paciente del Dr. Pablo Blason.-

3.- Si dicha prótesis fue requerida con carácter de urgente.-

4.- En su caso respuesta dada.-

4.- Motivos por los cuales aún no ha sido provista la prótesis necesaria para la intervención quirúrgica.-

5.- Consecuencias que puede traer aparejada en el paciente si se mantiene la falta de provisión de prótesis y como consecuencia de ello se demora la intervención quirúrgica.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 13 de abril de 2012.- ... líbrese oficio a Salud Pública de la Provincia de Río Negro. El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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