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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0916/00/5
Fecha: 2012-04-13
Carátula: QUIPILDOR ARMANDO FELIPE C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumario)
Descripción: agrega - previo acreditar estado del trámite de incapacidad de Andrea
EXPTE. Nº 0916/00/5
CARATULA: QUIPILDOR ARMANDO FELIPE C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumario)
Viedma, abril de 2.012.-
Agréguense los comprobantes acompañados y tiénese presente lo expuesto.-
Teniendo en cuenta que a fs. 395/396 se dispuso que las sumas correspondientes a Andrea Jaqueline Quipildor sean depositadas en estas actuaciones hasta que se dicte resolución en el trámite de incapacidad iniciado en el Juzgado de Familia nº 5 mediante Expte. nº 548/02, solicitud que fuera reiterada a fs. 577, decisión que se adoptara atento que en caso de dictarse sentencia declarándola incapaz, las sumas que se encuentran depositadas a su favor deberán ser transferidas a la orden de la sra. Juez que lleva el procedimiento, quien previa vista a la Defensora de Menores e Incapaces dispondrá la inversión de dichos fondos, por todo ello previamente hágase saber que deberá acreditarse con la respectiva documentación el estado actual del expediente mencionado precedentemente.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro