include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 31548III
Fecha: 2006-03-06
Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/ROMERO Carlos A. S/ Secuestro
Descripción: oficio//préstamo Bertolino
General Roca, 06 de marzo de 2.006.-
Agréguese el poder acompañado y téngase por presentado en el caracter invocado.-
Al punto II y III: Téngase presente la persona facultada y desígnase OFICIAL DE JUSTICIA “AD HOC” al Sr./ra Jorge Casalini o Walter Omar Vilugrón, quien actuará en tal caracter en la diligencia a realizar, asumiendo las responsabilidades legales inherentes al cargo conferido y quedando entendido que el mismo queda aceptado con su intervención en la diligencia, de la quedeberá levantar acta detallada de lo ocurrido y agregarla en autos dentro del TERCER día, bajo apercibimiento de remoción y sin perjuicio de las demás sanciones que en el caso correspondan. Not. .-
Concédese el préstamo solicitado por el término de tres días.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro