Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0108/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2012-04-12

Carátula: THOMSON GUILLERMO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: dcian bienes-acuerdan honorarios-vista a rentas

EXPTE. N° 0108/2010

CARATULA: THOMSON GUILLERMO S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, abril de 2012.-

Agréguese.-

Tiénese presente el fallecimiento denunciado y la cesión de derechos efectuada.-

Por denunciado bienes.-

Atento lo peticionado y constancias de autos, homológase el acuerdo de honorarios arribado, quedando establecidos los honorarios del Dr. Jorge Malis en la suma de $ 4.000 comprensiva de la totalidad de las tareas realizadas incluidas las correspondientes a la inscripción. Notifíquese y dése cumplimiento con la ley 869

Sin perjuicio de ello hágase saber que el "Otro si digo" no ha sido suscripto por el representante de la Caja Forense.-

A los fines que se expida con relación a los sellados pasen los autos en vista a la Dirección General de Rentas.-

A los fines de la oportuna inscripción de los bienes acompáñense informes de dominio y catastrales y certificado de inhibiciones del causante.-

En su mérito desparalícense las actuaciones.-

Rosana Calvetti

Juez

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