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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0285/96/5
Fecha: 2012-04-12
Carátula: NICOLAS GRISELDA MIRTA ALEJANDRA C/ DIAZ OSCAR ANTONIO S/ ALIMENTOS
Descripción: LIQUIDA ASTREINTES
CARATULA: NICOLAS GRISELDA MIRTA ALEJANDRA C/ DIAZ OSCAR ANTONIO S/ ALIMENTOS
EXPTE. N° 0285/96/5
Viedma, abril de 2012.-
Atento lo peticionado y constancias de la causa, teniendo en cuenta que la empresa Dos Ciudades no ha procedido a contestar el oficio nº 2059/11 y sus reiteratorios nros. 2589/11 y 364/12, corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 73, fijándose las astreintes en la suma de $ 400, correspondiendo a 8 días de retardo, contados a partir del vencimiento del plazo establecido a fs. 73, que fuera notificado el 12/03/12 (fs. 75) y hasta el día 10/04/12. A tal fin líbrese oficio a la empresa Dos Ciudades el que será diligenciado por el Oficial de Justicia en forma personal al titular de la empresa o persona autorizada al tal efecto, haciéndole saber que en el plazo de 5 días deberá depositar dicha suma a la orden de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.- sucursal Viedma, bajo apercibimiento de ejecución y que la suma fijada en concepto de astreintes continuará devengándose hasta que se dé estricto y acabado cumplimiento de lo ordenado y comunicado mediante las mandas judiciales antes mencionadas.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro