Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0711/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-04-11

Carátula: CAMPOS OSCAR AUDON C/ LILLO CLAUDIA ALEJANDRA S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: TRASLADO DE LAS EXCEPCIONES

EXPTE. Nº : 0711/2011.-

CARATULA: CAMPOS OSCAR AUDON C/ LILLO CLAUDIA ALEJANDRA S/ DESALOJO (Sumarísimo).-

Viedma, abril de 2.012.-

Agréguese.-

Proveyendo a fs. 69/74:

Por contestada la demanda en tiempo y forma.-

Por interpuestas excepciones, de ellas y de la documental acompañada, córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-

No dándose los supuestos del art. 121 del C.Pr. toda vez que las copias presentadas no resultan de dificil reproducción por su extensión, a su eximisión requerida no ha lugar, debiendo en consecuencia acompañarse las copias para traslado correspondientes.-

A P

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro