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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0432/2002
Fecha: 2006-03-06
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ ROSELO VICTOR LAUREANO S/ EJECUTIVO
Descripción: APR. LIQ.-EMBARGO-OFICIO AL BANCO
EXPTE. Nº : 0432/2002.-
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ ROSELO VICTOR LAUREANO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, marzo de 2006.-
Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 59 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar, por derecho y por así corresponder en la suma de $ 942,36 en concepto de intereses de capital y honorarios, calculados al 30/09/05, modificado que fuera en la aplicación de intereses.-
De conformidad a lo peticionado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, Victor Laurenano Roselo, como empleado del Consejo de Salud Pública de Río Negro, hasta cubrir la suma de $ 942,36, en concepto de saldo de liquidación, con más la suma de $ 95 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia Sudameris S.A..-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian Mildenberger a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 942,36 en concepto de liquidación aprobada, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro