include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41666
Fecha: 2012-04-04
Carátula: OF.DTO: PUW Carlos Alberto C/ Vidal Anibal s. Ejecutivo S/ EXHORTO
Descripción: regula
//neral Roca, 04 de ABRIL de 2012.=
Habiéndose dado cumplimiento con lo ordenado por el Juez oficiante, regulo los honorarios de la Dra.Miriam E. Ragazzini en la suma de $ 500 .-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869, previo a la devolución.-
Dr. RICHAR FERNANDO GALLEGO
JUEZ SUBROGANTE
<*****>
Poder Judicial de Río Negro