Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41666

N° Receptoría:

Fecha: 2012-04-04

Carátula: OF.DTO: PUW Carlos Alberto C/ Vidal Anibal s. Ejecutivo S/ EXHORTO

Descripción: regula

//neral Roca, 04 de ABRIL de 2012.=

Habiéndose dado cumplimiento con lo ordenado por el Juez oficiante, regulo los honorarios de la Dra.Miriam E. Ragazzini en la suma de $ 500 .-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869, previo a la devolución.-

Dr. RICHAR FERNANDO GALLEGO

JUEZ SUBROGANTE

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro