Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0652/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-03-30

Carátula: MARESCO ELDA ALVA S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: DENUN BIEN - DGR - particion - ratif - regula honorarios

EXPTE. Nº 0652/2011.-

CARATULA: MARESCO ELDA ALVA S/ SUCESION AB INTESTATO.-

Viedma, marzo de 2.012.-

Por denunciado bienes integrantes del acervo hereditario.-

Agréguese la documental acompañada.-

A los fines de que se expida sobre los sellados de ley oblados y de lo peticionado en el escrito de fs. 50, pasen las actuaciones en vista a la Dirección General de Rentas.-

Por presentada partición y adjudicación de los bienes componentes del acervo hereditario, a los fines de su ratificación cítese a los herederos declarados en autos a primera audiencia cualquier día hábil dentro del horario de 8.00 a 11.00 horas. Notifíquese; con relación a los sres. Manuel Ibañez y Juan Manuel Ibañez hágase saber que dicha ratificación podrá ser efectuada en el Juzgado de Paz en donde se domicilian o mediante escribano público.-

Atento lo peticionado, teniendo en cuenta el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Silvio Javier Sagarna y Mariela Alejandra Biagetti, en forma conjunta, en la suma de $ 1.398 (coef. 11 %), por los trabajos comunes e incluidas las tareas de inscripción, con cargo a la sucesión. (MB: $ 12.705 -tasación y valuación fiscal obrantes a fs. 36/37-). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

A los fines de la oportuna inscripción de bienes, acompáñese certificado de inhibiciones de los herederos declarados en autos.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro