Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0863/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2012-03-30

Carátula: COOK JOSE LUIS Y OTRO C/ MUANNA RAUL MARIO Y OTRAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA-con preguntas por pantalla DR. BOLAND

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

C É D U L A

Señor: Dr. Jorge Raúl Boland

Domicilio: Laprida 530 - (constituido)

Ciudad: Viedma

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "COOK JOSE LUIS Y OTRO C/ MUANNA RAUL MARIO Y OTRAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)", Expte. Nº 0863/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, marzo 27, de 2.012.- VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar parcialmente a la acción interpuesta a fs. 27/34 y condenar a los señores Raul Mario Muanna, María José Muanna, y María Paula Muanna a pagar en el plazo de 10 días al sr. Jose Luis Cook la suma de $ 2.692 en concepto de daños emergente y privación del uso y al sr. Guillermo Martín Arriarán la suma de $ 4.400 en concepto de daño estético y gastos médicos al 31/01/12 y de allí en más los intereses que correspondan hasta su efectivo pago conforme tasa activa.- II.- Imponer las costas del proceso a la parte demandada (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios de los Dres. Carlos Fernando San Juan y Jorge Mariano Gestoso, en conjunto, en la suma de $ 3.000 (15 jus); los de la Dra. María Marcela Cirignoli en la suma de $ 2.000 (10 jus), los del perito accidentológico sr. Marcelino Luis Di Gregorio en la suma de $ 800 y los del perito médico Dr. Jorge Raúl Boland en la suma de $ 800 (conf. arts. 6, 7, 9, 10, 37, 39 y 49 L.A.). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, marzo de 2.012.-

*05TXHO.57FUQ6*

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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