Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36616

N° Receptoría:

Fecha: 2006-03-03

Carátula: AFIP en DEFLORIAN JOSE BALTASAR S/QUIEBRA S/ Verificación

Descripción: actora desiste accion-Regulacion

//neral Roca, 03 de MARZO de 2006.=

Al punto I, téngase presente.

Al punto II, Téngase presente el desistimiento de acción formulado por la actora.

Regulo los honorarios de la Dra. Alejandra Bichara en la suma de $80.- los de la Dra. Flavia karina Reyes en la suma de $80.-. (M.B. $ 19.276,24.- arts. 6, 7 y 20 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

Previo a lo solicitado, cúmplase con Caja Forense.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro