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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0162/2012
Fecha: 2012-03-28
Carátula: PERROTE JAVIER C/ CASTELLANO VICENTE DELIO S/ DILIGENCIA PRELIMINAR
Descripción: DILIG PRELIMAR - HA LUGAR - REC. FIRMA
EXPTE. Nº : 0162/2012.-
CARATULA: PERROTE JAVIER C/ CASTELLANO VICENTE DELIO S/ DILIGENCIA PRELIMINAR.-
Viedma, marzo de 2.012.-
Por presentado, parte y domiciliado. Resérvese en Secretaría la documental acompañada, debiendo acompañar copia para el expediente.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta los términos del escrito en despacho y lo que surge de la documental acompañada de conformidad a lo dispuesto en los arts. 323 inc. 12 del C.Pr., hágase lugar a lo solicitado y en consecuencia a los fines del reconocimiento de la firma inserta en el convenio de locación de servicios profesionales por parte del Sr. Vicente Delio Castellano, líbrese oficio a la Sra. Juez de Paz de San Antonio Oeste, quien deberá proceder fijar audiencia a esos fines, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de que si no concurriere sin causa justificada, o se presentara y no la desconociera categóricamente se tendrá por reconocida la firma y el contenido del documento (conf. art. 323 inc. 12 C.Pr.). Adjúntese al oficio ordenado el correspondiente convenio.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
En igual fecha procedí a la reserva ordenada precedentemente bajo registro nº P - 06/12. conste.-
Secretaría, marzo de 2012.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro