Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0366/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-03-28

Carátula: GIANOVICH LUIS ALBERTO C/ FENILLAN MIGUEL HERNAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: provee contestación demanda-corre traslado

EXPTE. N° 0366/2011

CARATULA: GIANOVICH LUIS ALBERTO C/ FENILLAN MIGUEL HERNAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, marzo de 2012.-

Atento el carácter de instrumento público de la escritura obrante a fs. 115/116, a la nulidad planteada no ha lugar.-

Sin perjuicio de ello y atento lo que surge de la escritura antedicha, hágase saber a la parte demandada que deberá aclarar tal circunstancia.-

Atento lo peticionado y surgiendo de las constancias de autos (fs. 66/67) que el apellido del demandado resulta ser Fenillan, recaratúlense las actuaciones en tal sentido.-

Agréguese la cédula recibida y atento el estado de autos provéase la presentación de fs. 102/111:

Por contestado el traslado de la demanda.-

De la documental acompañada, córrase traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-

Tiénese presente la reserva del caso federal efectuada.-

Rosana Calvetti

Juez

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