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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0090/2012
Fecha: 2012-03-23
Carátula: VILLEGAS KARINA YANET C/ COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y AUTOCONSTRUCCION HOUSE VIAL LIMITADA Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: C/ HOUSE VIAL - AGREGA OF. EMB. LEV. RESERVA - OFICIO COOP.
EXPTE N° 0090/2012
CARATULA: VILLEGAS KARINA YANET C/ COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y AUTOCONSTRUCCION HOUSE VIAL LIMITADA Y OTRO S/ ORDINARIO
Viedma, marzo de 2.012.-
Agréguese el oficio de toma razón del embargo decretado en autos.-
En su mérito, levántase la reserva de las actuaciones.-
Tiénese presente lo manifestado y por denunciado nuevo domicilio del demandado Iturburu.-
Atento las razones expuestas y a los fines solicitados, líbrese oficio a la Dirección de Cooperativas y Mutuales de la Provincia de Río Negro. Tiénese presente las personas autorizadas.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro