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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36980
Fecha: 2005-06-13
Carátula: COOPERATIVA FARO LTDA. C/MALLO Gabriela Fernanda S/ Sumario (*)
Descripción: remisión al Juzg. de Paz por menor cuantia
General Roca, 13 de junio de 2.005.-
Atento lo dispuesto por el art. 63, Ley 2430 (texto según Ley 3780),y en razón del monto establecido en el Art. 1* de la Acordada N* 23/004, y el que se reclama en el presente, declárase la incompetencia de este Juzgado para intervenir en el presente y remítanse las actuaciones al Juzgado de Paz correspondiente, con adjunción de la documentación original de fs. 9/19.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro