Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32864IV

N° Receptoría:

Fecha: 2012-03-22

Carátula: SANTOS GENCHI S.A y EXPLOT. RURALES INACAYAL S.C.A S/ QUIEBRA (Antes Concurso)

Descripción: Aclaración

Expte. 32864IV.-

//neral Roca, 22 de marzo de 2012.-j

Al punto I y II, siendo exacto lo manifestado aclárese que los honorarios regulados son a cargo de la quiebra de Explotaciones Rurales Inacayal S.C.A. y no de Santos Genchi como erróneamente se consignó en la providencia de fs. 4438.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro