include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1088/2009
Fecha: 2012-03-21
Carátula: OTIÑANO ROSA CARLINA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: DECLARATORIA: AMPLIACION
Viedma, marzo de 2.012.-
Y VISTOS: El pedido de declaratoria de herederos formulado a fs. 29 de estos autos caratulados: "OTIÑANO ROSA CARLINA S/ SUCESION AB INTESTATO" Expediente Nº 1088/2009;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 29 se presenta la sra. Rosana Elisabeth Limonau, por derecho propio, a los fines de hacer valer sus derechos en la presente causa.-
Que con la partida obrante a fs. 28 se acredita el nacimiento de Rosana Elisabeth Limonau, hija de la causante, el día 16 de julio de 1.989 en San Antonio Oeste.-
Por ello y teniendo en cuenta la conformidad manifestada por el Ministerio Público Fiscal a fs. 31, la Fiscalía de Estado a fs. 31 vta. y lo dispuesto por los arts. 3565 y concordantes del Código Civil.-
RESUELVO:
1.- Ampliar la declaratoria de herederos obrante a fs. 25, registrada bajo Auto Interlocutorio n° 535 folio 622 de fecha 02 de agosto de 2.011, y declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de doña ROSA CARLINA OTIÑANO le sucede en el carácter de universal heredera su hija ROSANA ELISABETH LIMONAU.-
2.- Cése la intervención de la Fiscalía de Estado y del Agente Fiscal.-
3.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro