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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0515/2006
Fecha: 2012-03-20
Carátula: VERA SALGADO RAUL ANDRES C/ MUÑOZ ROBERTO RAMON Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: agrega expte. 303/10 (embargo preventivo) - amplia montos de embargo
EXPTE. Nº 0515/2006
CARATULA: VERA SALGADO RAUL ANDRES C/ MUÑOZ ROBERTO RAMON Y OTRO S/ ORDINARIO
Viedma, marzo de 2.012.-
Atento lo peticionado y el estado de autos, procédase a agregar a estas actuaciones las actuaciones donde se tramitara embargo preventivo (Expte. nº 303/2010).-
En su mérito, amplíase el monto del embargo que fuera decretado a fs. 479 respecto a: 1) inmueble inscripto al Tº 857, Fº 221, Fca. 156.272; y 2) dominios WDF-247, UUX-035 y BBG-971, hasta cubrir la suma de $ 37.604 en concepto de capital y honorarios de sentencia, como asi tambien la suma presupuestada la que asciende a la de $ 4.000. A tal fin, líbrense oficios al Registro de la Propiedad Inmueble y del Automotor, tiénese presente las personas autorizadas a diligenciarlo.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro