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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0230/2007CPA
Fecha: 2012-03-20
Carátula: CERECERA MARIA ISABEL C/ GUTTMANN LAURA RAQUEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: SE DECLARA LA NEGLIGENCIA DE UNA PRUEBA -ART.384 CPCC-
EXPTE. Nº 0230/2007CPA.-
CARATULA "CERECERA MARIA ISABEL C/ GUTTMANN LAURA RAQUEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)"
Viedma, marzo de 2012.-
Atento constancias de la causa y no habiendo contestado la parte actora el traslado conferido a fs. 69 ni instado la producción de la prueba pericial psicológica, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba. Notifíquese al perito designado.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro