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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0218/2009
Fecha: 2012-03-19
Carátula: PEREZ HORACIO LEONCIO Y RECA RAQUEL CANDIDA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: INICIA SUCESION ACUMULA RECARATULA
EXPTE. Nº 0218/2009.-
CARATULA: PEREZ HORACIO LEONCIO Y RECA RAQUEL CANDIDA S/ SUCESION AB INTESTATO.-
Viedma, marzo de 2.012.-
Atento la conexidad manifiesta y por razones de economía procesal, acumúlese el trámite iniciado a las presentes actuaciones.-
En consecuencia, recaratúlense dejando constancia en los registros de Mesa de Entradas.-
Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción obrante a fs. 115, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de la sra. Raquel Cándida Reca.-
Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Noticias de la Costa citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la misma, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del C.P.C.C.). Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-
Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-
Conforme lo previsto por el art. 699 inc. 1) del C.P.C.C., notifíquese al heredero Martín Alejandro Perez.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro