Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0147/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-03-19

Carátula: LA COOPERATIVA OBRERA METALURGICA SAN ANTONIO LIMITADA (COMSAL) C/ ESCOBAR NICOLAS S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: PROV. ARMANDO

EXPTE. Nº : 0147/2011.-

CARATULA: LA COOPERATIVA OBRERA METALURGICA SAN ANTONIO LIMITADA (COMSAL) C/ ESCOBAR NICOLAS S/ DESALOJO (Sumarísimo).-

Viedma, marzo de 2.012.-

Atento el estado y las constancias de la causa, advirtiéndose que no se ha cumplido con la vista a la Sra. Defensora de Ausentes a fin que brinde respuesta definitiva respecto a la prueba producida en autos, cúmplase con ello y remítase la causa a su público despacho.-

En consecuencia, déjese sin efecto el llamado autos para sentencia.-

Rosana Calvetti

Juez

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