Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39630

N° Receptoría:

Fecha: 2012-03-16

Carátula: COSTA Iris C/ SARTOR Victor Juan y otros S/ ESCRITURACION (Ordinario)

Descripción: pROV

General Roca, 16 de marzo de 2012.s-

Téngase presente lo manifestado y atento el estado de autos, se deja constancia que a la parte actora no le resta producir prueba alguna.-

Atento la fecha del oficio ordenado al Juez de Igual Clase y en Turno para la declaración del testigo propuesto por la parte demandada (fs. 103 vta.) y no constando en autos que el interesado hay realizado las medidas necesarias para ello, téngase por desistido al testigo Néstor Contin, prueba que no podrá realizarse en esta instancia.(art 454 del C.P.C.)- Not.-

No restando producir prueba, clausúrese el período probatorio. Not.-

Firme que se encuentre lo proveído precedentemente pónganse los autos en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro