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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0189/2004
Fecha: 2012-03-15
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SASTRE FERNANDEZ ALBERTO HUGO Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA-con preguntas por pantalla
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
C É D U L A
Señor: REPRESENTANTE DE LA CAJA FORENSE
Domicilio: BELGRANO 80 - (real)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SASTRE FERNANDEZ ALBERTO HUGO Y OTRA S/ ORDINARIO", Expte. Nº 0189/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, marzo 13 de 2.012.- RESUELVO:---.I. Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 21/24 y condenar los Sres. Juan Manuel Sastre, Julia Ignacia Sastre, María del Carmen Sastre, José Alberto Sastre, Séptimo Sastre y Ariel Domingo Sastre a abonar a la Provincia de Río Negro, en el plazo de 10 días, la suma de $ 38.450 en concepto de capital e intereses calculados al 22/02/2012 y de allí en más intereses estipulados en el considerando 4º, hasta su efectivo pago.----.II. Imponer las costas a la parte demandada (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios de los Dres. Ignacio Andrés Racca y María Valeria Coronel, en conjunto, en la suma de $ 3.947 (2/3 del 11 % + 40 %) y los de la Dra. Alba Schiavi de van Konijnenburg en la suma de $ 600 (3 jus); MB: $ 38.450; conf. arts. 6, 7, 8, 10, 11, 39 y cc. de la ley G. Nº 2212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.----.III. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, marzo de 2.012.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
*05TXHO.6HHQC1*
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Poder Judicial de Río Negro