Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0034/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2012-03-15

Carátula: CORTEZ MARYSOL Y OTRO C/ ROT AUTOMOTORES S.A. Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: PROVEE PRUEBA - AUD. 368 C.Pr. OPORTUNAMENTE

EXPTE. Nº 0034/2010

AUTOS: CORTEZ MARYSOL Y OTRO C/ ROT AUTOMOTORES S.A. Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, marzo de 2.012.-

Atento al estado de autos, lo peticionado en el escrito a despacho, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 138, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:

PRUEBA ACTORA

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

PERICIA MEDICA: Atento lo solicitado y teniendo en cuenta lo resuelto por la Cámara de Apelaciones en lo Civil mediante interlocutorio n° 2/05, se ha procedido al sorteo en el libro respectivo de Peritos médicos que ha de intervenir en autos, designándose como perito médico al Dr. Jorge Raúl Boland, con domicilio en calle Laprida 530 de esta ciudad, quien previo al desempeño de sus funciones deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro de los 3 días de notificado, bajo apercibimiento de remoción. El mencionado deberá expedirse sobre los puntos de pericia propuestos por la parte actora a fs. 128 vlta. de autos, debiendo presentar el informe pericial en el término de 15 días. Notifíquese.-

PERICIA MECANICA: No existiendo profesional idóneo en las listas de Peritos del Juzgado para la realización de la pericia ofrecida, hágase saber a las partes que deberán proponer uno dentro del plazo de 5 días, bajo apercibimiento de tenerlos por desistido de dicho medio probatorio.-

Tiénese presente el ofrecimiento de consultor técnico de la parte demandada (Fiat Auto Argentina S.A.) Ing. Carlos Armando Riat.-

PRUEBA DEMANDADA (Rot Automotores):

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

DOCUMENTAL EN PODER DE LA CODEMANDADA: De conformidad con lo dispuesto en el art. 388 del C.Pr. hágase saber a Fiat Auto Argentina S.A. que dentro del plazo de 5 días deberá presentar ante este Juzgado toda la documentación solicitada por la parte demandada (Rot Automotores SACIF) a fs. 130 con relación a la presente acción, bajo apercibimiento de lo dispuesto en la citada norma legal. Notifíquese.-

INFORMATIVA: Líbrese oficio a: 1.- Daniel Horacio Casalini, a los efectos que reconoza la factura identificada como nº 0001-00002471 de fecha 23/07/08, que se adjuntará y asimismo manifieste si es cliente de la firma la Terminal automotriz Fiat Auto Argentina S.A. a través de su red de consecionarios en la zona, particularmente de la zona de Bahía Blanca. Manifieste además, si realizó trabajos sobre la unidad objeto de la presente acción, trabajos realizados y persona que abonó los mismos. 2.- Terminal Fiat Auto Argentina S.A., a los efectos de que manifieste si la factura identificada como nº 0001-00002471 de fecha 23/07/08 abonada al taller de Bahía Blanca "Casalini" por Rot Automotores SACIF, fue autorizada a través de las ordenes de trabajo pertinentes, y que se corresponden con la orden de trabajo nº 20557 realizada por Rot Automotores, sobre el vehículo Fiat Modelo 135 Idea "detalle RG3610 - Ente Emisor 0080820 - Ente reparador 0080820; monto que luego le fuera reintegrada. A dichos fines se adjunta copia de la documental obrante a fs. 68 y 72. Asimismo indique si la Concesionaria Rot Automotores SACIF es concesionaria oficial de la marca en la zona de Viedma, y si vende unidades Fiat por su cuenta y orden. 3.- Empresa de Chapa y Pintura "CRA", de Pablo Wolf, a los efectos que manifieste si en el mes de enero del año 2009 le realizó reparaciones a la unidad objeto del litigio, quien abonó las mismas, remitiendo copia de la factura. Rechazándose lo demás peticionado atento que excede el marco de la prueba informativa. 4.- Empresa Localiza Renta Car, a los efectos que informe las unidades locadas por la Sra. Marysol Cortez y/o Carlos Marasco en esa empresa, específicamente entre el mes de abril del año 2008 y hasta el mismo mes del año 2009, indicando en su caso por quien fue solicitada la unidad y el pago realizado. 5.- Registro de la Propiedad Automotor de Viedma nº 1 y nº 2 y de Carmen de Patagones, a los efectos que informe si en cada uno de sus registros se encuentra inscripto a nombre de los actores dominio alguno los últimos 5 años, en su caso agregue el informe sobre los vehículos resultantes.-

Hágase saber que deberán acompañarse las copias de la documental citada precedentemente para proceder a dejar en su reemplazo.-

PERICIA MECANICA: Estése a lo dispuesto en la prueba de la parte actora.-

PRUEBA DEMANDADA (Fiat Auto Argentina S.A.):

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

DOCUMENTAL EN PODER DE LA ACTORA: De conformidad con lo dispuesto en el art. 388 del C.Pr. hágase saber a la parte actora que dentro del plazo de 5 días deberá presentar ante este Juzgado la documentación solicitada por la parte demandada (Fiat Auto Argentina S.A.) a fs. 118 con relación a la presente acción, bajo apercibimiento de lo dispuesto en la citada norma legal. Notifíquese.-

INFORMATIVA: Líbrese oficio a: 1.- Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Nación y a los Registros de la Propiedad Automotor de Viedma nº 1 y nº 2 de Carmen de Patagones, a los efectos que informen: a) si existe o existieron vehículos a nombre de los actores durante los últimos 10 años; b) en caso afirmativo presente informe de la/s unidad/es. 2.- Rentadora Localiza Renta Car, a los efectos que informe: a) si se alquiló unidad para ser utilizada por cualquiera dlos Sres. Marisol Cortéz y Carlos Alberto Marasco durante el mes de julio de 2008; b) informe quien se hizo cargo del pago del alquiler de la unidad. Informe si el pago lo hizo Fiat; c) que unidad se le entregó; d) plazo que tuvieron la unidad; e) cualquier locación de unidades relacionada con los Sres. Marysol Cortéz y Carlos Alberto Marasco y f) cualquier otro dato interés. 3) Rot Automotores para que informe sobre la autenticidad de la documental obrante a fs. 111 que se adjuntará, debiéndose previamente acompañar copia para dejar en su reemplazo.-

PERICIA MECANICA: Estése a lo dispuesto en la prueba de la parte actora.-

PERICIA CONTABLE: A los fines de la realización de la pericia contable, líbrese oficio con los recaudos de la Ley 22.172 al Juzgado de Igual Clase y en Turno de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, haciéndose saber que deberá designar perito de la lista y efectuar la pericia conforme lo solicitado a fs. 118 y vlta. Tiénese presente las personas autorizadas.-

Tiénese presente el ofrecimiento de consultor técnico de la parte demandada (Fiat Auto Argentina S.A.) Dr. Luis E. Brachi.-

Hágase saber que una vez producida la prueba ordenada precedentemente se fijará la audiencia a los fines previstos en el art. 368 del C.Pr. con relación a los testigos ofrecidos por la parte actora: sres. Angel Rieger; Santiago Quilaqueo; Renee Quiñenao y Gonzalo Novillo Pinto y por la parte demandada (Rot Automotores) a : sres. Juan Manuel Giarrusso, Aldo Scalessa, Fabian Alejandro Barrientos y Carlos Enrique Steding.-

Fórmense los respectivos cuadernos de prueba.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

En igual fecha se dio cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Conste.-

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