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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38861
Fecha: 2012-03-15
Carátula: NAJUL Margarita S/ PROCESO SUCESORIO (Ex 1547-XI-06)
Descripción: autorización
General Roca, 15 de marzo de 2012.-s-
Proveyendo a fs. 435: Téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense.-
Atento las constancias de fs. 387 y 388, autorízase Alicia Susana del Lujan Najul DNI 6078838 y a María del Carmen Najul a suscribir toda la documentación pública y/o privada que fuere menester para perfeccionar la venta del inmueble 05-1-D-806-15A (fs. 315), facultándose al escribano Marco Lorenzo Registro N° 158 (fs. 306) a realizar la respectiva escritura, facultándose al mismo a requerir la libre inhibición del causante y los libres deudas correspondientes, todo con oportuna y documentada rendición de cuentas.-
Expídase testimonio.-
Proveyendo a fs. 465: De la rendición de cuentas y documental adjuntada, traslado a los restantes herederos. Not.
Deposítese en caja fuerte la documental original.
A la regulación solicitada, oportunamente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: de haberse depositado doc. original fs. 446/64. CONSTE.
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro